Nuevos requisitos de cookies en 2024 para las páginas webs. El 11 de enero finalizaba el plazo de adaptación de webs, aplicaciones y herramientas que usan cookies a las directrices y criterios fijados por la autoridad el pasado año, y este mismo día se publicaba una nueva Guía sobre el uso de cookies para herramientas de medición de audiencia.
En este artículo tratamos tres desafíos: pagar para rechazar las cookies y uso de cookies de medición de audiencia o analíticas. Por otra parte, Google impone para Europa su nuevo modo de consentimiento v2.
Los nuevos requisitos de cookies 2024 para las páginas webs son:
1. PAGAR PARA RECHAZAR LAS COOKIES
Recientemente vemos como muchas páginas webs que visitamos incorporan la posibilidad de pagar para rechazar las cookies, ¿a qué viene este cambio? ¿está permitido? ¿puedo hacerlo en la web de mi empresa?
Obligaciones generales
En julio de 2023 la AEPD actualizó la normativa de cookies con la guía de uso de cookies que compartimos en este artículo y cuya fecha de límite para cumplir era el pasado 11 de enero. Estas nuevas directrices tratan de reforzar la posición de que el consentimiento del usuario debe ser libre a la hora de entrar en una página web y acceder a su contenido, evitando acciones engañosas y que el usuario no se encuentre forzado a aceptar las cookies para ver dicho contenido.
Así la autoridad obliga a tener visible una opción de “rechazar” juntamente con los botones de “aceptar” y de “configuración”, en todas las páginas web que utilizan cookies analíticas o publicitarias. No estando permitido que el botón “rechazar” impida el acceso a la página web, sin que esto sea necesariamente gratuito.
Soluciones de pago y suscripción
Por ello, muchos sitios web se han acogido a esta opción de pago o suscripción ya que así cumplen los requisitos de acceso a la web para que el usuario pueda acceder a la misma calidad de servicio y mismos contenidos que si acepta las cookies analíticas o publicitarias.
Dicha opción de pago permite al usuario usar el sitio web de modo que evita el rastreo de su actividad mediante las cookies. A cambio el sitio web reduce el impacto negativo que sufre al no percibir beneficio por la falta de uso de las cookies de terceros. El usuario preserva su privacidad mientras el sitio web puede seguir obteniendo beneficios para mantener su actividad, servicios y contenidos.
¿Qué sucede en la práctica?
Pues que la mayoría de usuarios prefiere no pagar y otorga su aceptación o consentimiento al uso de cookies analíticas y publicitarias. Aunque no parezca que el consentimiento se obtenga de forma libre, está dentro de lo permitido. Recordemos que las empresas o sitios webs cuyo modelo de negocio, de forma total o parcial, se basa en ingresos de terceros por analíticas de datos y publicidad se verían críticamente afectadas hasta que no exista una tecnología alternativa a las cookies.
Este no es uno de los nuevos requisitos de cookies en 2024, ya que proviene del año anterior, aunque es a partir de comienzos de 2024 cuando más lo estamos encontrando en los sitios webs que así lo han implementado. Las autoridades competentes irán elaborando sus propias conclusiones y, con el tiempo, veremos más novedades. Estaremos atentos para compartirlas contigo y mantenerte informado.
2. USO DE COOKIES ANALÍTICAS O DE MEDICIÓN DE AUDIENCIA
Otro de los nuevos requisitos de cookies en 2024 tiene que ver con las últimas aclaraciones de la autoridad AEPD con las cookies de tipo analíticas o de medición de audiencia.
Aquí puedes ver la nueva Guía sobre el uso de cookies para herramientas de medición de audiencia. En esta se aclaran las circunstancias por las que las cookies de medición de audiencia o las cookies analíticas se considerarían cookies técnicas, pudiendo estar exentas del consentimiento del usuario, siempre que su uso se específico y limitado a estas funciones, no reutilizando los datos para fines distintos.
La herramienta más popular de medición de audiencia y de análisis de datos web es, sin duda, Google Analytics, que sí parece reutilizar datos así que no estará exenta del consentimiento del usuario.
Para que no sea necesario el consentimiento del usuario respecto a las cookies analíticas y de medición, deberán cumplirse los siguientes requisitos:
- Finalidad limitada a los elementos de medición de audiencia con fines de administración del sitio web:
- Medición de audiencia, página por página.
- Lista de páginas desde las que se sigue un enlace para solicitar la página actual, ya sea interna o externa, por página y agregada diariamente.
- Determinación del tipo de dispositivo, navegador y tamaño de pantalla del usuario, por página y agregados diariamente.
- Estadísticas del tiempo de carga de la página, por página y agregadas por hora.
- Estadísticas del tiempo dedicado a cada página, la tasa de rebote, la profundidad de desplazamiento, por página y agregada diariamente.
- Estadísticas sobre las acciones de los usuarios (clics, selecciones), por página y agregadas diariamente.
- Estadísticas sobre la zona geográfica de origen de las solicitudes, por página y agregadas diariamente.
- La información obtenida, propia o de terceros, no debe transmitirse, cruzarse, compararse ni complementarse con otras informaciones.
- No identificar unívocamente al usuario para realizar seguimiento de este o conocer sus interacciones en otras páginas webs.
- Minimizar el plazo de conservación a lo estrictamente necesario: hasta 13 meses para la caducidad de las cookies y hasta 25 meses para la conservación del histórico.
- Si los servicios se prestan por terceros, se debe formalizar un contrato o acuerdo de encargado de tratamiento, que incluya compromisos de limitación de uso de los datos y la prohibición de de cruzar o combinar datos con la de otros clientes.
Conclusión
Conociendo el estado actual de los sitios webs y los requisitos expuestos, herramientas como Google Analytics no cumplirían con estos, y por lo tanto, resultaría necesario el consentimiento del usuario por lo que en la configuración del CMP del sitio web las cookies analíticas de Google no estarían clasificadas como técnicas o funcionales obligatorias.
3. NUEVOS REQUISITOS DE CONSENTIMIENTO DE GOOGLE PARA EUROPA
A los nuevos requisitos de cookies en 2024 publicados por la autoridad, se une otro requisito técnico marcado por uno de los líderes en el sector de Internet, y es que Google está intensificando sus esfuerzos en materia de privacidad de datos con el resultado de estar creando sus propios requisitos de privacidad para terceros que usen sus servicios, como por ejemplo Google Analytics, Google Marketing Platform o Google Ads.
Las empresas que deseen seguir utilizando las funciones de personalización de anuncios de los servicios de publicidad de Google en Europa debe obtener el consentimiento válido de los usuarios finales y poder señalizarlo a Google.
Las empresas y organizaciones que realizan campañas publicitarias y/o miden el rendimiento utilizando los servicios de tecnología publicitaria y la plataforma de análisis de Google en Europa deben adoptar los nuevos requisitos de gestión de consentimiento de Google para marzo de 2024.
Requisitos
Los terceros que utilicen las plataformas y servicios de Google deben cumplir los siguientes requisitos:
- Obtener el consentimiento legal válido de los usuarios finales para:
- El uso de cookies u otro almacenamiento local cuando lo exija la ley.
- La recopilación, el uso y el intercambio de datos personales para la personalización de anuncios.
- Al solicitar el consentimiento de los usuarios finales, las partes deben:
- Conservar los registros de las opciones de consentimiento de los usuarios.
- Permitir que los usuarios finales revoquen su consentimiento en cualquier momento, con instrucciones claras sobre cómo hacerlo.
Aquí encontrarás un listado de las herramientas CMP que cumplen con el modo de consentimiento de Google v2., entre ellas algunas de las más recomendadas por Auditta: Complianz, Cookiebot, Cookieyes. Recuerda que debes revisar cuidadosamente las características que mejor se adapten a tu sitio web.
Listado completo de herramientas CMP certificadas en Partner Program de Google
El equipo de Auditta estamos listos para ayudarte a cumplir satisfactoriamente con los nuevos requisitos de cookies en 2024 para la página web de tu empresa u organización.
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